PUBLICADAS LAS NUEVAS AYUDAS LEADER 2014-2020 PARA LA COMARCA DE CINCO VILLAS
El 6 de noviembre se publicó una nueva convocatoria de ayudas Leader 2014-2020 dotada con 684.000 € para el año 2018.
Las ayudas van dirigidas, por un lado, al apoyo a la competitividad de las empresas y a proyectos no productivos, mediante subvenciones a fondo perdido para inversiones. Por otro lado, a la cooperación, una línea cuyo objeto es que empresas y otros organismos y entidades trabajen en cooperación para resolver un problema común mediante la innovación.
Estas ayudas obedecen a la implementación de algunas de las acciones incluidas en las Estrategias de Desarrollo Local Leader, diseñadas y puestas en práctica por los 20 Grupos de Acción Local de Aragón en sus respectivos territorios, Adefo Cinco Villas en el caso de la comarca de Cinco Villas, con la finalidad de promover el Desarrollo del medio rural aragonés.
En esta convocatoria se publican ayudas para:
- Mejora de la accesibilidad a las TIC así como su uso en las zonas rurales, para agentes privados y públicos
- Mejora de la competitividad de las PYMES
- Producción de energías renovables para autoconsumo y eficiencia energética de empresas
- Eficiencia energética en infraestructuras públicas
- Acciones de formación y divulgación en relación con la conservación y mejora del medio ambiente y el cambio climático.
- Acciones formativas en materia de empleo, espíritu emprendedor, creación de empresas y adaptación de los trabajadores, las empresas y los empresarios al cambio.
- Inversiones en relación con la conservación y mejora del medio ambiente
- Inversiones materiales para la creación de empleo
- Infraestructura social
- Cooperación entre particulares
La convocatoria contempla dos procesos de selección: Un primer proceso para solicitudes presentadas hasta el 28 de febrero de 2018 y un segundo proceso de selección para las solicitudes presentadas entre el 1 de marzo y el 30 de septiembre de 2018.
Las ayudas pueden solicitarse desde hoy mismo en la sede de Adefo Cinco Villas o en cualquiera de los lugares previstos en el art. 384 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo común.
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