Publicadas dos nuevas ayudas para la contratación de personas desempleadas
AYUDAS PROGRAMA EMPLE-AR
OBJETO:
Convocar para 2026 las subvenciones del programa Emple-AR, destinadas a fomentar la contratación de personas desempleadas con dificultades de acceso al mercado laboral, mejorando su empleabilidad mediante la adquisición de experiencia profesional en proyectos de interés general y social.
Los contratos tendrán una duración mínima de 6 meses y han de contemplar una jornada laboral de, al menos, el 50% de una jornada a tiempo completo según el convenio colectivo de referencia.
PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD:
0 Las solicitudes se presentan obligatoriamente de forma telemática en el siguiente enlace: https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/subvenciones-para-el-programa-emple-ar
o incluyendo en el buscador el trámite 9477 “Subvenciones para el programa Emple-AR”.
BENEFICIARIOS:
- Entidades locales aragonesas y su sector público.
- Entidades públicas, sociedades y empresas públicas vinculadas al Gobierno de Aragón.
- Universidades aragonesas.
- Entidades sin ánimo de lucro (asociaciones, fundaciones, etc.) con al menos 1 año de antigüedad.
Quedan excluidos los centros especiales de empleo y empresas de inserción que figuren calificados como tales en los correspondientes registros administrativos, independientemente de que dicha calificación recoja su condición de entidad sin ánimo de lucro.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES:
Proyectos de obras, servicios o actividades han de ser de interés general y social. Además, deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Que se ejecuten en Aragón.
- Tengan duración mínima de 6 meses.
- Que se ejecuten por las entidades solicitantes en régimen de gestión directa.
- Que favorezcan la formación y práctica profesional.
- Que incluyan al menos un 50% de personas desempleadas.
- Que las obras o servicios se inicien en el ejercicio presupuestario de concesión
- Que la entidad solicitante disponga de asignación presupuestaria suficiente para hacerse cargo de las partidas presupuestarias que no estén subvencionadas
- Que, en caso de que las obras o servicios sean ejecutadas en una zona o localidad con ciclos de empleo estacional, se realicen preferentemente en períodos de bajo nivel de contratación.
REQUISITOS:
Las personas contratadas deberán cumplir, en el momento de la fecha de inicio del contrato, los siguientes requisitos:
- Estar desempleadas y no ocupadas.
- Estar inscritas como demandantes de empleo en el Instituto Aragonés de Empleo.
- Tener más de 30 años
- Pertenecer a alguno de estos colectivos:
- Personas desempleadas de larga duración: Al menos 360 días en desempleo en los últimos 18 meses.
- Mujeres desempleadas: Inscritas de forma ininterrumpida al menos 180 días inmediatamente anteriores a la fecha de su contratación.
- Personas desempleadas mayores de 45 años: Inscritas de forma ininterrumpida al menos 180 días inmediatamente anteriores a la fecha de su contratación.
- Personas desempleadas mayores de 55 años: Inscritas de forma ininterrumpida al menos 90 días inmediatamente anteriores a la fecha de su contratación.
TIPO DE GASTO SUBVENCIONABLE:
Costes salariales de las personas contratadas, calculados mediante un módulo económico que incluye:
- Salario Mínimo Interprofesional.
- Cotizaciones empresariales (contingencias comunes, desempleo, FOGASA, formación profesional y contingencias profesionales).
IMPORTE AYUDA:
- Módulo mensual: 888,88 € por persona contratada.
- Máximo 10 meses
- Reducción proporcional en contratos a tiempo parcial.
- Presupuesto total convocatoria: 525.000 €.
PLAZO PRESENTACIÓN Y EJECUCIÓN:
- Plazo de solicitud: desde el día siguiente a la publicación hasta el 15 de mayo de 2026.
- Ejecución:
- Contratos mínimos de 6 meses
- Subvención hasta 10 meses por contrato
- Inicio dentro del ejercicio 2026.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:
- Modelo de solicitud firmada electrónicamente
- Declaración responsable en la que haga constar:
- Que cumple con las obligaciones por reintegro de subvenciones
- Que no está incursa en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre
- Que no ha obtenido o solicitado otras ayudas para la misma finalidad
- Que cumple con todos los requisitos para ser beneficiaria de subvenciones
- Que mantendrá contabilidad diferencia que permita identificar claramente las transacciones relacionadas con la ayuda percibida
- Que no ha sido sancionada mediante resolución administrativa firme:
- que le prohíba acceder a ayudas o beneficios relacionados con programas de empleo
- Por acciones consideradas discriminatorias por razón de género
- Por atentar, alentar o tolerar prácticas en contra de los derechos de las personas LGTBI
- Que no ha obtenido aval alguno del Gobierno de Aragón para cualquier operación, ni aún para fines distintos de la subvención solicitada
- Que en caso de haber percibido con anterioridad subvenciones con la misma finalidad, se han cumplido los requisitos de las mismas y se ha realizado la actividad para la que fueron concedidas.
- En caso de que la solicitante sea una Administración Pública, las contrataciones para las que solicita subvención no se destinarán a cubrir plazas de naturaleza estructural dentro de la entidad contratante.
- Que la entidad solicitante es titular de la cuenta bancaria indicada en la solicitud.
- Que los datos bancarios indicados deberán ser tenidos en cuenta en los pagos que tenga que efectuar el Gobierno de Aragón
- NIF o NIE de la persona que solicita la concesión de la subvención o representante de la entidad solicitante.
- Documentación acreditativa de la representación de la persona jurídica, salvo que se presente la solicitud con certificado digital de representante de persona jurídica.
- Certificado de estar al corriente de pago con SS, AEAT y GA, cuando no autorice su consulta al órgano gestor.
- Memoria descriptiva del proyecto en la que se hará constar los siguientes aspectos:
- Denominación, localización y descripción detallada del proyecto o actividad a realizar
- Coste total presupuestado
- Descripción de como la actividad subvencionada contribuye a mejorar la experiencia laboral y la adquisición de competencias profesionales y, por tanto, la empleabilidad de las personas desempleadas participantes.
- Importe de la subvención que se solicita
- Indicación de que la obra o servicio se ejecuta sin afectar a ciclos de empleo estacional
- Cualesquiera otras circunstancias de interés que sean útiles para la comprensión y valoración del proyecto.
- Certificado de la entidad solicitante en el que se haga constar la aprobación del proyecto y la disposición de crédito para financiar la parte no subvencionada.
- Ficha de terceros
- Si el solicitante es una entidad local, deberá aportar, además:
- Certificado de estar al corriente en la obligación de rendir cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón
- Certificado de haber adoptado medidas de racionalización del gasto y presentado planes económico-financieros, en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deudas con proveedores
- Cualquier otra que estime oportuna en orden de acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa aplicable.
Más información aquí.
AYUDAS PROGRAMA JOVEM
OBJETO:
Convocar subvenciones para fomentar la contratación de personas jóvenes desempleadas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil en colaboración con entidades locales, entidades públicas, universidades y entidades sin ánimo de lucro, en el marco del Programa FSE+ Aragón 2021-2027.
Los contratos tendrán una duración mínima de 6 meses y han de contemplar una jornada laboral de, al menos, el 50% de una jornada a tiempo completo según el convenio colectivo de referencia.
PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD:
Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por vía electrónica a través de la Sede electrónica del Gobierno de Aragón en la siguiente dirección: https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/subvenciones-para-el-programa-jovem o incluyendo en el buscador el trámite 9432 “Subvenciones para el Programa JOVEM”.
La concesión de las subvenciones se tramitará mediante el procedimiento simplificado de concurrencia competitiva en función de su fecha y hora de presentación hasta agotar el crédito disponible.
BENEFICIARIOS:
- Entidades locales aragonesas y sus organismos públicos
- Entidades públicas, sociedades y empresas públicas autonómicas.
- Universidades aragonesas.
- Entidades sin ánimo de lucro (asociaciones, fundaciones, etc.) con sede o actividad en Aragón.
Se excluyen centros especiales de empleo y empresas de inserción que figuren como tales en los correspondientes registros administrativos, independientemente de que dicha calificación recoja su condición de entidad sin ánimo de lucro.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES:
Los proyectos de obras o servicios a realizar deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Que se trate de obras, servicios o actividades de interés general y social.
- Que se desarrollen en Aragón.
- Tendrán una duración mínima de 6 meses.
- Que se ejecuten por las entidades solicitantes en régimen de administración directa.
- Que en su ejecución o prestación se favorezca la formación y práctica profesional de las personas desempleadas participantes.
- Que el porcentaje de personas trabajadoras desempleadas a ocupar en la realización de la obra o servicio sea, al menos, del 50%.
- Que las obras o servicios a ejecutar se inicien en el ejercicio presupuestario de concesión
- Que la entidad solicitante de la subvención disponga de asignación presupuestaria suficiente para hacerse cargo de las partidas presupuestarias que no estén subvencionadas por el Instituto Aragonés de Empleo
- Que, en caso de que las obras o servicios sean ejecutadas en una zona o localidad con ciclos de empleo estacional, se realicen preferentemente en períodos de bajo nivel de contratación.
REQUISITOS:
Las personas contratadas deberán de cumplir los siguientes requisitos:
- Menores de 30 años en la fecha de inicio del contrato subvencionado.
- Inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
- Desempleadas e inscritas como demandantes de empleo.
- No haber trabajado el día natural anterior a la fecha de inicio del contrato subvencionado.
TIPO DE GASTO SUBVENCIONABLE:
- Costes salariales de las personas jóvenes contratadas.
- Incluye salario (referenciado al SMI) + cotizaciones empresariales (contingencias comunes, desempleo, FOGASA, formación profesional y contingencias profesionales, conforme al sistema de tarifas vigente).
IMPORTE AYUDA:
- El importe subvencionable se determina conforme a la modalidad de coste unitario mensual (1.888,88 € por mes y persona contratada).
- Máximo: 10 meses subvencionables por contrato.
- Cuando los contratos se concierten a tiempo parcial, la cuantía que corresponda se reducirá proporcionalmente en función de la jornada realizada
- Presupuesto total convocatoria: 2.500.000 €.
PLAZO PRESENTACIÓN Y EJECUCIÓN:
- Plazo de presentación: desde el día siguiente a la publicación hasta el 15 de mayo de 2026.
- Plazo de ejecución:
- Los proyectos deben iniciarse en el ejercicio de concesión.
- Contratación mínima de 6 meses.
- Subvención hasta 10 meses por contrato
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:
- Modelo de solicitud firmada electrónicamente
- Declaración responsable en la que haga constar:
- Que cumple con las obligaciones por reintegro de subvenciones
- Que no está incursa en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre
- Que no ha obtenido o solicitado otras ayudas para la misma finalidad
- Que cumple con todos los requisitos para ser beneficiaria de subvenciones
- Que mantendrá contabilidad diferencia que permita identificar claramente las transacciones relacionadas con la ayuda percibida
- Que no ha sido sancionada mediante resolución administrativa firme:
- que le prohíba acceder a ayudas o beneficios relacionados con programas de empleo
- Por acciones consideradas discriminatorias por razón de género
- Por atentar, alentar o tolerar prácticas en contra de los derechos de las personas LGTBI
- Que no ha obtenido aval alguno del Gobierno de Aragón para cualquier operación, ni aún para fines distintos de la subvención solicitada
- Que en caso de haber percibido con anterioridad subvenciones con la misma finalidad, se han cumplido los requisitos de las mismas y se ha realizado la actividad para la que fueron concedidas.
- En caso de que la solicitante sea una Administración Pública, las contrataciones para las que solicita subvención no se destinarán a cubrir plazas de naturaleza estructural dentro de la entidad contratante.
- Que la entidad solicitante es titular de la cuenta bancaria indicada en la solicitud.
- Que los datos bancarios indicados deberán ser tenidos en cuenta en los pagos que tenga que efectuar el Gobierno de Aragón
- NIF o NIE de la persona que solicita la concesión de la subvención o representante de la entidad solicitante.
- Documentación acreditativa de la representación de la persona jurídica, salvo que se presente la solicitud con certificado digital de representante de persona jurídica.
- Certificado de estar al corriente de pago con SS, AEAT y GA, cuando no autorice su consulta al órgano gestor.
- Memoria descriptiva del proyecto en la que se hará constar los siguientes aspectos:
- Denominación, localización y descripción detallada del proyecto o actividad a realizar
- Coste total presupuestado
- Descripción de como la actividad subvencionada favorece la formación y práctica profesional de las personas desempleadas participantes.
- Importe de la subvención que se solicita
- Indicación de que la obra o servicio se ejecuta sin afectar a ciclos de empleo estacional
- Cualesquiera otras circunstancias de interés que sean útiles para la comprensión y valoración del proyecto.
- Certificado de la entidad solicitante en el que se haga constar la aprobación del proyecto y la disposición de crédito para financiar la parte no subvencionada.
- Ficha de terceros
- Si el solicitante es una entidad local, deberá aportar, además:
- Certificado de estar al corriente en la obligación de rendir cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón
- Certificado de haber adoptado medidas de racionalización del gasto y presentado planes económico-financieros, en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deudas con proveedores
- Cualquier otra que estime oportuna en orden de acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa aplicable.
Más información aquí.


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