CONVOCATORIA DE AYUDAS EN MATERIA DE AHORRO ENERGÉTICO, USO RACIONAL DE LA ENERGÍA Y APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS AUTÓCTONOS Y RENOVABLES, GESTIONADA POR EL DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO EMPRESARIAL DEL GOBIERNO DE ARAGÓN

El 1 de junio de 2021 se publicó en el BOA las ayudas en materia de ahorro energético, uso racional de la energía y aprovechamiento de los recursos autóctonos. Pueden ser beneficiarios las empresas privadas y autónomos, las corporaciones o entidades locales, las instituciones o entidades sin ánimo de lucro, las comunidades de propietarios y los particulares, entendidos estos últimos como las personas físicas que soliciten ayudas para proyectos no sujetos a actividad económica alguna.

Se pueden presentar solicitudes hasta el próximo 1 de julio de 2021. Los gastos e inversiones a incluir deben realizarse o estar realizados en el periodo que abarca desde el 1 de enero de 2021 hasta el 29 de octubre de 2021, ambas fechas inclusive.

Se consideran costes subvencionables para actuaciones en solar fotovoltaica y, en su caso, solar térmica mediante paneles solares híbridos, instalaciones de autoconsumo eléctrico conectadas a la red de distribución o aisladas, mediante paneles solares fotovoltaicos y paneles solares híbridos (producción de electricidad y de agua caliente), el coste de los equipos e instalaciones, la obra civil asociada, la realización de proyectos de ingeniería y las actuaciones de montaje y pruebas de seguridad reglamentarias que formen parte directamente del proyecto. Los elementos de este tipo de instalaciones que se consideran subvencionables son los siguientes:

-Generadores (módulos fotovoltaicos, elementos de interconexión, etc).

-Almacenamiento (baterías, los reguladores, elementos de interconexión y cableado, indicadores del nivel de baterías, etc).

– Acondicionamiento de energía (inversores, cuadros eléctricos, interruptores y protecciones, cableados, etc).

– Monitorización (sensores, sistemas de adquisición de datos, sistemas de comunicación remota, etc).

– Tendidos eléctricos

– Obra civil.

– Ingeniería y dirección de obra

La cuantía máxima de subvención varía entre tipología de solicitantes:

-Para entidades sin ánimo de lucro, comunidad de propietarios o particular hasta un máximo del 50 % del coste subvencionable de la inversión.

-Para empresas privadas o autónomos: hasta un máximo del 60 % del coste subvencionable de la inversión.

-Para corporaciones o entidades locales: hasta un máximo del 80 % del coste subvencionable de la inversión.

Se puede realizar la tramitación de la solicitud de manera telemática pinchando aquí

Para consultar los criterios de valoración de las ayudas, así como para ampliar información, se puede descargar aquí

No Comments

Post a Comment