AYUDAS: FORMACIÓN

Actividades subvencionables

  • Acciones de formación y divulgación en relación con la conservación y protección del medio ambiente.
  • Acciones de formación y divulgación en materia de cambio climático.
  • Acciones formativas en materia de empleo, espíritu emprendedor, creación de empresas y adaptación de los trabajadores, las empresas y los empresarios al cambio.

¿Quién puede solicitar la ayuda?

Entidades, empresas o personas físicas que, desempeñando alguna actividad en el ámbito de la EDLL (Estrategia de Desarrollo Local Leader), sean receptoras de la formación.

Gastos subvencionables

Gastos correspondientes a las actividades de formación y demostración siempre que las actividades y cursos no sean objeto de programas de formación profesional reglada o de educación de enseñanzas secundaria o superior.

En actividades formativas se respetarán los límites máximos establecidos en los anexos I y II de la Orden AAA/746/2016, de 4 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a programas plurirregionales de formación dirigidos a los profesionales del medio rural salvo los límites de gasto máximo subvencionable de 14 y 9 euros por alumno y hora lectiva.

El límite por hora lectiva se establece en 80 euros.

Tipo de subvención y máximos

  • La ayuda tendrá carácter de subvención de capital.
  • La subvención máxima es del 80 del presupuesto elegible y convenientemente justificado.

Incompatibilidad con otras ayudas

Las ayudas Leader son compatibles con otras ayudas de otras administraciones públicas destinadas a la misma finalidad, pero la suma del total de ayudas no podrá superar el 80 del coste de las actuaciones subvencionables.

Obligaciones de los beneficiarios

  1. Estar al corriente y aceptar las bases reguladoras establecidas para la concesión de las ayudas LEADER 2014-2020 (Orden DRS/1482/2016 de 18 de octubre, así como las órdenes por las que se aprueban las convocatorias anuales.
  2. Cumplir cualesquiera otras obligaciones impuestas en la normativa estatal o autonómica aplicable, en la convocatoria o en la resolución de concesión.
  3. Ser conocedor de que si en el transcurso de una de las acciones de control que se llevaran a cabo se detectara una irregularidad atribuida al promotor o a un error material, se pueden producir reducciones y exclusiones sobre el importe concedido.
  4. Permitir la promoción del proyecto subvencionado en todas las publicaciones promovidas por Adefo 5 Villas (página web, publicidad, etc.).
  5. Comprometerse a aportar la documentación referida de las empresas vinculadas y/o asociadas que se solicite, en su caso.
  6. Comprometerse a llevar la contabilidad de la empresa subvencionada según la normativa vigente que sea aplicable. Conservar los documentos justificativos en tanto puedan ser objeto de comprobación y control. Dicha contabilidad será separada de sus gastos y de su cofinanciación pública haciendo una contabilidad analítica de la subvención.
  7. La actividad subvencionable deberá efectuarse dentro de los 12 meses desde la notificación de la subvención. Este plazo no podrá ser objeto de prórroga.
  8. NO SE PODRÁ EJECUTAR NINGUNA ACTIVIDAD FORMATIVA ANTERIOR A LA FECHA DEL CONTROL DE CALIDAD DEL INFORME DE ELEGIBILIDAD.
  9. El inicio de la actividad se comunicará a Adefo Cinco Villas 7 días antes de su realización a través del formulario (“Comunicación de inicio y/o modificación de la actividad”)
  10. Cualquier cambio deberá ser previamente notificado a Adefo Cinco Villas, debidamente justificado y firmado, en particular:
    1. La reducción de la duración de la actividad aprobada
    2. El cambio de localidad de celebración de la misma.
    3. El cambio de local de celebración
    4. Cambio en las fechas
    5. Cambio en el programa
    6. Cambio en los profesores

La información debe estar actualizada, ya que es la que se utilizará para los controles a realizar desde el Servicio de Programas Rurales. En los controles in situ se controlará el cumplimiento de los datos comunicados o, en su caso, las modificaciones notificadas en tiempo y forma. En caso de detectarse incidencias por algún incumplimiento, se podría perder el derecho a la ayuda de la actividad formativa.

  1. Durante la realización de las actividades en aulas, salones, stands, zonas al aire libre, etc, deberán disponerse, en zona bien visible al público, paneles informativos en los que aparezca el emblema de la Unión Europea y la referencia a la ayuda del FEADER (ADEFO proporcionará el modelo de cartel); en el caso de que se dispongan de banderas, deberá incluirse la de la UE.
  2. Todo el material formativo, informativo o promocional, deberá hacer alusión a la financiación de la actividad incluyendo los emblemas de la UE (Fondos FEADER), Leader y Gobierno de Aragón y dicho material deberá haber recibido el visto bueno de la Comisión de Publicidad y Comunicación Institucional del Gobierno de Aragón.
  3. No se aceptará como subvencionable ningún material didáctico que no haya obtenido el visto bueno previo de la Comisión Publicidad y Comunicación Institucional del Gobierno de Aragón.
  4. Las faltas de asistencia, con independencia de la causa, no podrán superar el 20% de la duración total de la actividad. Dicha asistencia se justificará mediante la hoja de firmas, que se diligenciará en cada sesión. No se admitirán firmas claramente distintas, ni las realizadas a lápiz. Este documento no puede tener correcciones, ni enmiendas ni tachaduras. Cualquier observación figurará anotada a bolígrafo en el dorso del documento e irá firmada por el coordinador.

Cuando un curso se realice en jornada partida, de mañana y tarde, es necesario rellenar dos modelos de hojas de firmas, uno para la mañana y otro para la tarde.

  1. Comunicar inmediatamente cuantas ayudas solicite u obtenga para el mismo proyecto de otras administraciones públicas o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, a partir de la fecha de la presente solicitud.

En este sentido, las aportaciones económicas de entidades que no sean beneficiarias del proyecto son subvenciones y por tanto son incompatibles con la ayuda LEADER.

  1. En la justificación de la ejecución del proyecto sólo se aceptarán los gastos que se corresponden con los presupuestos aceptados por Adefo 5 Villas; las facturas de ejecución del gasto que se presenten se deberán corresponder con los presupuestos o facturas pro-forma aceptadas por el Grupo cuando generó el presupuesto que sirvió para el cálculo de la ayuda. Esto es, el promotor tiene que recurrir a la empresa que ofreció el presupuesto más barato, salvo en los casos argumentados debidamente conforme a la Ley de Subvenciones.

Si el importe ejecutado es superior al presupuestado, se considerará para el cálculo de la subvención el importe presupuestado.

  1. La presentación de todos los documentos para la justificación del cobro de la subvención deberá realizarse dentro de los 30 días siguientes a la fecha de finalización de cada actividad. En caso de que la resolución de la subvención fuera posterior a la fecha de finalización de la actividad, los 30 días comenzarán a contar a partir de la recepción de la citada resolución.

Cuando se justifiquen gastos de IRPF y de Seguridad Social, éstos se podrán presentar con posterioridad.

  1. Se podrán proponer certificaciones y pagos parciales con un importe mínimo de 15.000 euros en inversiones. La última certificación será como mínimo del 30% de la inversión aceptada en la resolución de ayuda.
  2. En las facturas que contengan simultáneamente elementos elegibles y no elegibles, se señalarán en cada caso para que de forma indubitada se pueda conocer los elementos de la misma que serán subvencionados y cuáles no.
  3. Compensación entre conceptos de gasto: Se podrán admitir compensaciones entre conceptos de gastos de hasta el 20 % y siempre justificando la moderación de gastos. En este caso, será necesario la previa autorización del Grupo al promotor. La autorización del Grupo irá acompañada de un informe del promotor justificando los desfases entre conceptos de gasto. Estas compensaciones no deben desvirtuar el objetivo del proyecto y los conceptos de gasto aceptados en la resolución y, en cualquier caso, se debe mantener la moderación de costes
  4. Cuando una operación reciba una ayuda pública total superior a 50.000 euros, el beneficiario colocará al menos un panel (de un tamaño mínimo A3) o una placa con información sobre el proyecto según modelo establecido por la Dirección General de Desarrollo Rural y Sostenibilidad.
  5. Comunicar cualquiera de las siguientes incidencias:
  • Cualquier cambio en los presupuestos iniciales presentados, tanto en las partidas de gasto del proveedor, como en conceptos de gasto, así como la modificación de aspectos técnicos o condiciones iniciales.
  • El cambio de titularidad o domicilio del beneficiario.
  • La subrogación de los derechos derivados de la concesión de la ayuda.
  • El cambio de ubicación del proyecto.
  • La solicitud o concesión de otras ayudas públicas.
  • La modificación de cualquiera de las condiciones particulares impuestas en la resolución.
  • La renuncia a la ayuda concedida.
  • La finalización dentro del mes siguiente a la finalización de las actuaciones.
  • Y, en definitiva, cualquier eventualidad que pueda alterar o dificultar el desarrollo de las actuaciones subvencionadas, con el fin de que pueda modificarse el contenido o la cuantía de la resolución que, en todo caso, necesitará autorización de la Dirección General de Desarrollo Rural. La eventualidad deberá comunicarse en el plazo de un mes desde que el beneficiario tenga conocimiento de la eventualidad.

Fases de tramitaciones de los expedientes

Fase de solicitud de ayuda

  • Presentación de la documentación requerida y registro de la Solicitud de Ayuda
  • Verificación de la documentación aportada, concediendo, en su caso, un plazo de 10 días hábiles para subsanar las deficiencias apreciadas.
  • Elaboración de Informe de Elegibilidad de los proyectos presentados,
  • Control de Calidad del Informe de Elegibilidad por parte del representante de DGA en Adefo Cinco Villas
  • No se podrá ejecutar ninguna actividad formativa con anterioridad a la fecha del control de calidad del informe de elegibilidad. A partir de este momento, y no antes, el promotor puede realizarse la actividad formativa.
  • Propuesta de resolución de ayudas por parte de la Junta Directiva de aquellos proyectos con informe favorable, en la que se incluye la propuesta de baremación del proyecto y asignación del porcentaje de ayuda correspondiente.

Una vez alcanzada la nota de corte para cada tipo de proyecto, los proyectos presentados en cada uno de los procesos selectivos compiten en concurrrencia con el resto de proyectos presentados asignándose los fondos disponibles en función del orden que derive de la puntuación obtenida en la baremación de los proyectos.

  • Resolución definitiva de la Dirección General de Desarrollo Rural del Gobierno de Aragón basada en la propuesta de concesión presentada por Adefo.
    • En caso de resolución negativa, comunicación al promotor
    • En caso de resolución positiva, comunicación al promotor especificando:
      • Presupuesto aceptado de la inversión
      • Puntuación obtenida en la baremación
      • Porcentaje de ayuda
      • Plazo de ejecución (12 meses)
      • Otras condiciones y obligaciones.

Fase de certificación y pago

  • Seguimiento del proyecto y realización de Certificaciones parciales y/o finales dentro del plazo máximo de 12 meses de ejecución.

Sin necesidad de agotar el plazo máximo de justificación que se determina en la resolución, se debe justificar la inversión en el plazo máximo de un mes desde la terminación de las actuaciones (desde el pago de la última factura)

  • Procedimiento para la certificación y pago de las ayudas.
    • El promotor podrá solicitar el pago de la ayuda cuando haya realizado parte o el total de las inversiones o gastos objeto de ayuda a través de modelo normalizado previa aportación de toda la documentación requerida completa.
    • El importe de cada certificación será igual o mayor a 15.000 € de inversión subvencionable.
    • La última certificación será como mínimo del 30% de la inversión aceptada en la resolución de ayuda.
  • Se verificará el cumplimiento de las obligaciones y requisitos exigidos para la concesión de la ayuda.
  • Certificación por parte de Adefo.
  • Control de calidad de la Certificación por parte del Gobierno de Aragón.
  • Resolución de pago de la ayuda por parte del Gobierno de Aragón.

Criterios de selección e intensidad

PROYECTOS DE FORMACIÓN

AMBITOS DE PROGRAMACION

8.2. Acciones formativas en materia de empleo, espíritu emprendedor, creación de empresas y adaptación de los trabajadores, las empresas y los empresarios al cambio.

6.1. Acciones de formación y divulgación en relación con la conservación y mejora del medio ambiente cuando los destinatarios sean empresas

6.2. Acciones de formación y divulgación en materia de cambio climático y promoción de la eficiencia energética cuando los destinatarios sean empresas.

Criterios de selección

  • Se han establecido criterios cuya puntuación máxima por proyecto es de 100 puntos.
  • Se ha establecido un mínimo de 40 puntos (puntuación de corte) para poder seleccionar un proyecto, que va asignado a una puntuación mínima.

Los criterios de selección de ayuda son los siguientes:

  1. Alineación con las necesidades formativas del territorio: 50 puntos máximo
  • Formación alineada con las necesidades de empresas, trabajadores y desempleados, en base al estudio de necesidades formativas de las Cinco Villas desarrollado en el marco de la Mesa para la formación y el empleo de las Cinco Villas (publicado en adefo.com): 50 puntos máximo.
  • Actividad formativa demandada por una o varias empresas justificada por la necesidad real de formación para un mínimo de 10 personas: 30 puntos.
  1. Colectivos prioritarios (por cambio demográfico o riesgo de exclusión): 10 puntos máximo
  • Actividades formativas que prioricen la inscripción de mujeres en actividades donde estén subrepresentadas: 5 puntos
  • Actividades formativas que prioricen la inscripción de jóvenes menores de 25 años: 5 puntos.
  • Actividades formativas que prioricen la inscripción de personas pertenecientes a otros colectivos con dificultades para el acceso al empleo: 5 puntos.
  1. Competitividad económica y territorial (especialización): 10 puntos máximo
  • Proyectos relacionados con el sector agrario, forestal, agroalimentario y productos o servicios para éstos: 10 puntos
  • Proyectos relacionados con la especialización turística: 10 puntos
  1. Otros. 30 puntos máximo
  • Formación específica teórico-práctica para emprendedores en el desarrollo de su iniciativa: 30 puntos
  • Cursos que incorporen formación personalizada (parte formación grupal y personalización aplicada en sesiones individuales): 10 puntos.

    5 Proyectos originados por la situación planteada por la COVID- 19: 50 puntos

Criterios de intensidad de las ayudas

La puntuación de corte para que el proyecto sea considerado subvencionable se establece en 40 puntos, obteniendo en este caso un 80%, (porcentaje que podría incrementarse hasta el 100% si el Gobierno de Aragón estableciera dicha posibilidad)

El importe de ayuda máxima será de 50.000 € por proyecto.

En caso de proyectos que obtengan igual puntuación, se atenderá a los siguientes criterios de prelación:

  1. Mayor puntuación en el grupo de criterios Otros.
  2. Mayor puntuación en el grupo de criterios Colectivos prioritarios.
  3. Mayor puntuación en el grupo de criterios Competitividad territorial.
  4. Mayor puntuación en el grupo de criterios Alineación con las necesidades formativas del territorio.
  5. Fecha y hora del registro de entrada.

La aplicación de estos criterios prelación se realizará del siguiente modo: el proyecto que obtenga una ventaja en el primer criterio, se priorizaría con respecto a los demás con igual puntuación, sin pasar a valorar el resto de criterios de prelación. En caso de que de la aplicación del primer criterio ningún proyecto obtuviera una ventaja, se pasaría al siguiente, priorizándose el que lo cumpliera. Si todos lo cumplen de igual forma, se pasaría al siguiente criterio. Y así sucesivamente, si fuera necesario, hasta el último criterio, que ya no admite un empate.

PROYECTOS DE FORMACIÓN Y DIVULGACIÓN CUANDO LOS DESTINATARIOS SEAN COLECTIVOS DISTINTOS DE LAS EMPRESAS.

AMBITOS DE PROGRAMACION

6.1. Acciones de formación y divulgación en relación con la conservación y mejora del medio ambiente cuando los destinatarios sean distintos de las empresas

6.2. Acciones de formación y divulgación en materia de cambio climático y promoción de la eficiencia energética cuando los destinatarios sean distintos de las empresas. Promoción de la eficiencia energética.

Criterios de selección

  • Se han establecido criterios cuya puntuación máxima por proyecto es de 100 puntos.
  • Se ha establecido un mínimo de 40 puntos (puntuación de corte) para poder seleccionar un proyecto, que va asignado a una puntuación mínima.

Los criterios de selección de ayuda son los siguientes:

  1. Innovación: 15 puntos máximo
  • Contenido innovador: 15 puntos
  1. Colectivos prioritarios: 25 puntos máximo
  • Actividades dirigidas prioritariamente a niños y jóvenes: 25 puntos
  1. Agenda XXI: 10 puntos
  • Que la actividad esté incluida en la Agenda XXI del municipio: 10 puntos

4. ODS: 10 puntos Que la actividad contribuya a alcanzar los objetivos de sostenibilidad establecidos en la Agenda 2030:10 puntos.

     5.Equilibrio territorial: 25 puntos máximo.

  • Proyectos de ámbito comarcal (que la temática o el solicitante sean de ámbito comarcal): 25 puntos
  • Proyectos que agrupen o se desarrollen en varios municipios o cuya temática involucre a varios municipios: 15 puntos
  • 6-Necesidades estratégicas prioritarias: 25 puntos máximo

Ámbito 6.1:

  • Que la temática central del proyecto esté relacionada con los principales problemas ambientales detectados en la Comarca: calidad de las aguas, prevención de incendios, entornos naturales limpios, calidad del suelo y el subsuelo, etc: 15 puntos.
  • Actuaciones enmarcadas en espacios protegidos medioambientalmente: 15 puntos.

Ámbito 6.2:

  • Que la temática central del proyecto esté relacionada con los siguientes temas: transporte, consumo doméstico sostenible, valorización de subproductos, reciclaje: 15 puntos.
  • Que la actividad incorpore aspectos prácticos para la medición y disminución del impacto de la actividad en el cambio climático: 15 puntos.

Criterios de intensidad de las ayudas

La puntuación de corte para que el proyecto sea considerado subvencionable se establece en 40 puntos, obteniendo en este caso un 80% (porcentaje que podría incrementarse hasta el 100% si el Gobierno de Aragón estableciera dicha posibilidad)

El importe de ayuda máxima será de 50.000 € por proyecto.

En caso de proyectos que obtengan igual puntuación, se atenderá a los siguientes criterios de prelación:

  1. Mayor puntuación en el grupo de criterios Equilibrio territorial.
  2. Mayor puntuación en el grupo de criterios Necesidades estratégicas prioritarias.
  3. Mayor puntuación en el grupo de criterios Innovación.
  4. Fecha y hora del registro de entrada.

La aplicación de estos criterios prelación se realizará del siguiente modo: el proyecto que obtenga una ventaja en el primer criterio, se priorizaría con respecto a los demás con igual puntuación, sin pasar a valorar el resto de criterios de prelación. En caso de que de la aplicación del primer criterio ningún proyecto obtuviera una ventaja, se pasaría al siguiente, priorizándose el que lo cumpliera. Si todos lo cumplen de igual forma, se pasaría al siguiente criterio. Y así sucesivamente, si fuera necesario, hasta el último criterio, que ya no admite un empate.

Documentación a aportar

  • Autorización del promotor a ADEFO para la presentación telemática. (Modelo normalizado)
  • Solicitud de ayuda (Modelo normalizado). Se recomienda su cumplimentación en Adefo Cinco Villas una vez se disponga del resto de documentación
  • Fotocopia del CIF de la entidad que solicita la ayuda
  • Documento acreditativo del poder de representación del representante, Fotocopia del NIF del mismo y acuerdo de iniciar la acción por la que se solicita la ayuda. (Modelo Adefo)
  • Fotocopia de la escritura de Constitución y estatutos. Si existe alguna modificación, últimas escrituras vigentes
  • Memoria detallada de las actuaciones que incluya presupuesto desglosado (Descargar Anexo I) (Descargar memoria)
  • Presupuestos y/o facturas proforma

En todos los casos, los presupuestos deben ser de fecha anterior a la contracción del compromiso para la prestación del servicio o suministro del bien.

Las ofertas presentadas han de ser de proveedores reales e independientes, estar lo suficientemente detalladas e incluir los mismos elementos para ser comparables.

Requisitos mínimos que deben cumplir los presupuestos o facturas proforma:

    • Identificación clara de que el documento es un presupuesto o factura proforma
    • Razón social del solicitante y del proveedor
    • Fecha de emisión
    • Desglose detallado de los conceptos presupuestados, indicando el número de unidades y el precio unitario.
  • Declaración responsable sobre la exención de declaración de IVA, en su caso. (Modelo normalizado)
  • En caso de haber recibido ayudas para el mismo proyecto en ejercicios anteriores, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y/o de organismos autónomos y entidades de Derecho Público dependientes o vinculados a ésta, aunque se trate de diferentes fases, se deberá presentar resolución de la entidad concedente en la que conste el cumplimiento de los objetivos establecidos.
  • En caso de entidades locales, acreditación de haber adoptado medidas de racionalización del gasto y haber presentado un plan económico-financiero, en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deudas con proveedores (Modelo Adefo)
  • Otra información precisa para la valoración de la solicitud:
    • Nº de cuenta (en la que figure como titular el solicitante de la ayuda)
    • Otras ayudas recibidas o solicitadas para el mismo proyecto
    • Ayudas de mínimas recibidas por el solicitante de la ayuda en el año actual y/o los dos años anteriores
    • Estructura de financiación prevista
    • C.N.A.E.