De forma general, la documentación a aportar es la siguiente:
En caso de beneficiario individual:
- Fotocopia del NIF del solicitante
- Informe de vida laboral del autónomo de los últimos 12 meses anteriores a la solicitud de ayuda. Sólo en caso de creación de empleo por cuenta propia.
- Informe de vida laboral del código de cuenta de cotización del autónomo como empresa de los últimos 12 meses anteriores a la solicitud de ayuda. Sólo en caso de creación de empleo.
En caso de beneficiario con personalidad jurídica (empresa):
- Fotocopia del CIF de la empresa
- Fotocopia del NIF de los socios (para el caso de empresas, no para asociaciones)
- Fotocopia de escritura de constitución y estatutos. (En caso de modificación de la Sociedad, últimas escrituras vigentes)
- Documento acreditativo del acuerdo de iniciar la acción por la que se solicita la ayuda, de composición actual de la sociedad y de poder de representación del representante.
- Fotocopia del NIF del representante
- Informe de vida laboral del código de cuenta de cotización de la empresa de los últimos 12 meses anteriores a la solicitud de ayuda. Sólo en caso de creación de empleo por cuenta propia de socios.
- Informe de vida laboral de los socios trabajadores (de los últimos 12 meses anteriores a la solicitud de ayuda). Sólo en caso de creación de empleo.
En caso de beneficiario con personalidad jurídica (entidad local):
- Fotocopia del CIF
- Fotocopia del NIF del representante
- Poder de representación del representante y NIF del mismo, acuerdo de iniciar la acción por la que se solicita la ayuda. – Certificado del secretario o persona habilitada
- Acreditación de haber adoptado medidas de racionalización del gasto y haber presentado un plan económico-financiero, en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deudas con proveedores
En todos los casos:
- Memoria detalla de las actuaciones.
- Presupuestos y/o facturas pro forma:
Para cualquier tipo de gasto (a excepción del personal), deberán aportarse tres presupuestos de tres proveedores diferentes independientemente de cual sea el coste de los mismos.
En caso de gastos de Centros de investigación y conocimiento, en sustitución de los tres presupuestos, la moderación del gasto puede justificarse mediante la aplicación al presupuesto de personal del Centro de Investigación o Conocimiento los máximos establecidos en el artículo 34 de las bases reguladoras de la ayuda: 24B para personal técnico y 18B para personal administrativo. El nivel 24B se refiere al Grupo A y el nivel 18B se refiere al Grupo C.
En todos los casos, los presupuestos deben ser de fecha anterior a la contracción del compromiso para la prestación del servicio, el suministro del bien o la ejecución de la obra.
Las ofertas presentadas han de ser de proveedores reales e independientes, estar lo suficientemente detalladas e incluir los mismos elementos para ser comparables.
Se deberá seleccionar la de menor valor o, en caso de elegir otra, se justificará documentalmente el motivo, debiendo ser aprobado por Adefo Cinco Villas.
Requisitos mínimos que deben cumplir los presupuestos o facturas pro-forma:
- Identificación clara de que el documento es un presupuesto o factura pro-forma
- Razón social del solicitante y del proveedor
- Fecha de emisión
- Desglose detallado de los conceptos presupuestados, indicando el número de unidades y el precio unitario.
- Certificado de la Agencia Tributaria sobre la exención de declaración del IVA, en su caso.
- Documento vinculante / convenio (modelo normalizado)
- En caso de un beneficiario y un Centro de investigación o de Conocimiento, no será preciso el documento vinculante/convenio
- Desglose de las acciones por beneficiarios y categoría de gastos, repartidas por año de realización (modelo normalizado)
- Desglose de gastos por beneficiario (modelo normalizado)
- Otra información precisa para la valoración de la solicitud:
- Nº de cuenta (en la que figure como titular el solicitante de la ayuda)
- Otras ayudas recibidas o solicitadas para el mismo proyecto
- Ayudas de mínimis recibidas por el solicitante de la ayuda en el año actual y/o los dos años anteriores
- Cifra de volumen de negocios y cifra de balance general de la empresa en el último ejercicio cerrado
- Estructura de financiación de las inversiones prevista